Micelio

Artículo 3

Decreto 615 de 2002 · por el cual se establece la Estructura del Instituto Tecnológico del Putumayo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Son funciones de la Vicerrectoría Académica

1.

Asesorar a la Rectoría en la formulación de políticas, planes y programas académicos, de investigación y extensión del Instituto.

2.

Refrendar con su firma los acuerdos y demás actos expedidos por los Consejos Directivo y Académico, los cuales deberán ser suscritos por el respectivo presidente, así como las constancias, certificados de estudios, títulos y actas de grado que otorgue la Institución.

3.

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Consejo Directivo, Consejo Académico y Rectoría, en materia de docencia, investigación y extensión.

4.

Elaborar y coordinar la ejecución de los planes y programas de docencia, investigación y extensión que desarrolla la Institución en coordinación con las Unidades Académicas del Instituto.

5.

Organizar y estructurar los planes de estudio, el diseño curricular y evaluativo de los diferentes programas, con la asesoría del Comité Curricular y de Evaluación.

6.

Velar y responder por la ejecución, actualización y control de los reglamentos relacionados con la academia.

7.

Diseñar y proponer las políticas y planes de desarrollo profesional de los docentes y coordinar con las Unidades Académicas, la prestación de los servicios docentes y la asesoría a los programas de investigación y extensión.

8.

Asesorar a la Rectoría en la elaboración del plan indicativo y plan de acción del Instituto y proponer mecanismos para el seguimiento y monitoreo de su ejecución.

9.

Participar en la elaboración del presupuesto anual del Instituto, con el apoyo de los Consejos de Unidad y de las Unidades Académicas.

10.

Establecer relaciones de asesoría e intercambio con Instituciones de Educación Superior y organismos públicos y privados para desarrollar proyectos de investigación y extensión, de acuerdo con las políticas del Instituto.

11.

Dirigir y controlar los procesos de admisión, registro y control académico y los servicios de biblioteca y recursos educativos del Instituto.

12.

Proponer a la Rectoría y al Consejo Académico el calendario de actividades académicas y coordinar su desarrollo en las respectivas Unidades Académicas.

13.

Elaborar y proponer los planes y programas de Bienestar Universitario y dirigir y controlar su ejecución.

14.

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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