°. Modificación del artículo 4° del Decreto 455 de 2022. Modifíquese el artículo 4° del Decreto 455 de 2022, el cual quedará así: “Artículo 4°. Subsecretarios Generales grado 12 y los Secretarios de las Comisiones Constitucionales y Legales Permanentes grado 12 de ambas corporaciones. A partir del 1° de enero de 2022, los Subsecretarios Generales grado 12 y los Secretarios de las Comisiones Constitucionales y Legales Permanentes grado 12 de ambas corporaciones devengarán como asignación básica mensual total la suma equivalente a dieciséis millones trescientos ochenta y ocho mil ochocientos cuarenta y nueve pesos ($16.388.849) moneda corriente”.
Decreto 1371 de 2022 →Vigente
Artículo 4
Modificación Del Artículo 4° Del Decreto 455 De 2022
Decreto 1371 de 2022 · por medio del cual se modifica el Decreto 455 de 2022.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.