Micelio

Artículo 3

Decreto 95 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Higiene y se dictan unas disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Los Inspectores Vacunadores de la División de Enfermedades Comunicables se incorporarán, a partir del 16 de los corrientes, al personal del Departamento de Salubridad, con igual asignación a la que hasta el presente han devengado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 95 de 1951