Artículo tercero. Los Inspectores Vacunadores de la División de Enfermedades Comunicables se incorporarán, a partir del 16 de los corrientes, al personal del Departamento de Salubridad, con igual asignación a la que hasta el presente han devengado.
Decreto 95 de 1951 →Vigente
Artículo 3
Decreto 95 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Higiene y se dictan unas disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.