Micelio

Artículo 2.2.8.3.1.15

Criterios Para La Aplicación De Los Principios De Subsidiariedad Y Concurrencia

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Criterios para la aplicación de los principios de Subsidiariedad y Concurrencia . Los criterios generales para la aplicación de los principios de subsidiariedad y concurrencia por parte de las entidades nacionales serán la capacidad de las entidades territoriales, la dinámica del conflicto y las condiciones de la población víctima; adicionalmente, se tendrá en cuenta la información suministrada por las entidades territoriales y la información de la cual dispongan las entidades nacionales. Las entidades nacionales integrantes del SNARIV, con base en los criterios generales, podrán definir las condiciones específicas para la aplicación de los principios de subsidiariedad y concurrencia, de acuerdo con sus competencias. Esta información deberá remitirse a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en calidad de entidad coordinadora del Sistema.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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