Micelio

Artículo 10

La Junta No Podrá Fijar Y Reconocer Auxilios A Los Damnificados Por Sumas Que En Total Excedan De Los $ 9

Decreto 2563 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 94 de 1939, en cuanto concede un auxilio a los damnificados por el incendio ocurrido el 15 de julio de 1939en la población de La Vega, del Departamento de Cundinamarca

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La junta no podrá fijar y reconocer auxilios a los damnificados por sumas que en total excedan de los $ 9.000 votados por el artículo 5° de la Ley 94 de 1939.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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