Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1° De Enero De 1988, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Area Técnico-Científica Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica: Grado Asignación Básica Mensual $ 01 73

Decreto 122 de 1988 · por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del Area Técnico-Científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 1° de enero de 1988, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del Area Técnico-Científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA: GRADO Asignación básica mensual $ 01 73.000 02 74.700 03 80.700 04 87.200 05 93.100 06 98.800 07 104.700 08 110.600 09 116.200 10 117.800 11 123.500 12 126.500 13 132.000 14 138.700 15 144.000 16 150.100 17 155.600 18 160.700 19 166.800 20 172.100 21 175.100 22 181.100 23 187.000 24 192.700 25 198.400 26 204.100 27 209.500 28 214.900 29 220.000 30 224.800 31 229.300 32 234.000 33 238.100 34 242.200 35 246.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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