Micelio

Artículo 2

Ley 31 de 1990 · por medio de la cual se consideran y declaran como empresas útiles o benéficas, dignas de estímulo y apoyo, la Fundación Colombiana para la Cultura Superior y el Instituto de Integración Cultural Quirama, en el Departamento de Antioquia, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo del artículo 76, numeral 20 de la Constitución Nacional inclúyese dentro del Plan General de Desarrollo Económico y Social, Regional, la construcción y dotación de las obras que requiere el Instituto para desarrollar el proyecto del Colegio de Altos Estudios de Quirama, segunda etapa de la aldea de la cultura; siendo el recinto de Quirama la primera etapa; Centro Demostrativo de Tecnologías apropiadas y Centro Universitario, tercera y cuarta etapas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1990