Micelio

Artículo 3

Este Comité Se Reunirá Ordinariamente Cada Quince Días, Previa Convocatoria Efectuada Por Parte Del Director General Para Los Derechos Humanos Del Ministerio Del Interior, Y Extraordinariamente Cuando Así Lo Solicite Cualquiera De Sus Miembros

Decreto 1592 de 2000 · por el cual se reglamenta el artículo 6° de la Ley 199 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Este Comité se reunirá ordinariamente cada quince días, previa convocatoria efectuada por parte del Director General para los Derechos Humanos del Ministerio del Interior, y extraordinariamente cuando así lo solicite cualquiera de sus miembros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1592 de 2000