° El objeto de la sociedad será realizar a nombre propio o a nombre de terceros, directamente, o por intermedio de otras personas naturales o jurídicas o en asocio i con ellas, entre otras, las siguientes operaciones: Estudiar, promover y realizar la comercialización, dentro y fuera del país, de productos terminados; realizar exportaciones e importaciones de bienes y servicios; suministrar asesoría, asistencia técnica, financiación e inversión, y tedas las demás operaciones de carácter comercial que faciliten el desarrollo de su objeto, orientadas a favorecer la pequeña y mediana industria, los artesanos, los grupos comunitarios y las sociedades cooperativas, para facilita; la adquisición de insumes, la estandarización de calidades y la canalización de productos terminados hacia los mercados riel mundo,
Artículo 2
El Objeto De La Sociedad Será Realizar A Nombre Propio O A Nombre De Terceros, Directamente, O Por Intermedio De Otras Personas Naturales O Jurídicas O En Asocio I Con Ellas, Entre Otras, Las Siguientes Operaciones: Estudiar, Promover Y Realizar La Comercialización, Dentro Y Fuera Del País, De Productos Terminados; Realizar Exportaciones E Importaciones De Bienes Y Servicios; Suministrar Asesoría, Asistencia Técnica, Financiación E Inversión, Y Tedas Las Demás Operaciones De Carácter Comercial Que Faciliten El Desarrollo De Su Objeto, Orientadas A Favorecer La Pequeña Y Mediana Industria, Los Artesanos, Los Grupos Comunitarios Y Las Sociedades Cooperativas, Para Facilita; La Adquisición De Insumes, La Estandarización De Calidades Y La Canalización De Productos Terminados Hacia Los Mercados Riel Mundo,
Decreto 2867 de 1974 · Por el cual se autoriza a la Corporación Financiera Popular para constituir una sociedad de economía mixta del orden nacional y participar como socia de ella
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.