Micelio

Artículo 6

Las Administraciones Principales De Correos Y Agencias Postales Que En La Actualidad No Tengan Establecidos Los Expendios Oficiales De Especies Postales, Procederán A Establecerlos Para Que Entren A Funcionar Con Empleados De Su Dependencia, Desde La Fecha De Vigencia Del Presente Decreto

Decreto 58 de 1930 · Por el cual se reglamenta el establecimiento de expendios de especies postales a cargo de particulares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Administraciones Principales de Correos y Agencias Postales que en la actualidad no tengan establecidos los expendios oficiales de especies postales, procederán a establecerlos para que entren a funcionar con empleados de su dependencia, desde la fecha de vigencia del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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