Micelio

Artículo 6

La Inscripción Patronal Previa Comprenderá Los Siguientes Datos: 1° Nombre Del Dueño (Si Fuere Persona Natural)

Decreto 722 de 1949 · Por el cual se aprueba el Reglamento de Inscripciones del Primer Contingente de Afiliados al Seguro Social Obligatorio de Enfermedad-Maternidad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La inscripción patronal previa comprenderá los siguientes datos: 1° Nombre del dueño (si fuere persona natural). Razón social (si se trata de una sociedad). 2° Clase de sociedad; 3° Nombre del establecimiento y dirección; 4° Nombre del representante legal; 5° Si se trata de una sucursal, el nombre o razón social de la casa principal (nombre de la empresa y dirección). 6° Número de trabajadores. La hoja de inscripción será firmada por el patrono y el funcionario respectivo del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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