Micelio

Artículo 42

Decreto 2649 de 1988 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Control Interno

a)

Efectuar controles sistemáticos, ágiles y oportunos a las labores de comprobación, liquidación, almacenamiento y finalización de regímenes aduaneros con base en el programa aprobado previamente por el Administrador;

b)

Proyectar y efectuar las visitas de inspección y control que deban adelantarse a las demás dependencias de la Administración y a las personas o entidades que cuentan con inscripción, autorización, licencia o permiso de la Dirección General de aduanas para adelantar actividades que se encuentran sometidas a su control o vigilancia;

c)

Recomendar al Jefe de la División la iniciación de las investigaciones correspondientes por parte de la Oficina de Control, cuando lo considere procedente;

d)

Supervisar el cobro y pago de las cuentas adicionales;

e)

Vigilar la cancelación y efectividad de las fianzas y garantías constituidas;

f)

Supervisar la correcta aplicación de los regímenes aduaneros y lo relacionado con las mercancías importadas temporalmente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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