Desconcentración de competencias y funciones para garantizar el funcionamiento del Sispi en el territorio Indígena que conforma el CRIC . En el marco del gobierno propio, el territorio indígena que conforma el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), a través del programa de salud regional, podrá desconcentrar sus competencias por mandatos de las autoridades, en los programas de salud zonales creados al interior del Territorio Indígena CRIC acorde a su organización política y cultural para el funcionamiento del sistema de salud en el territorio. CAPÍTULO II Instancias de salud
Decreto 968 de 2024 →Vigente
Artículo 30
Desconcentración De Competencias Y Funciones Para Garantizar El Funcionamiento Del Sispi En El Territorio Indígena Que Conforma El Cric
Decreto 968 de 2024 · por el cual se dictan normas para la administración y operatividad del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (Sispi) para el Territorio Indígena que conforma el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.