Micelio

Artículo 1

Ley 100 de 1927 · por la cual se trasladan varias sumas en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 1º Trasládanse las siguientes sumas en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso, así:

Del Ministerio de Gobierno

Del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Del Ministerio de Industrias441

Del Ministerio de Obras Públicas

Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Gastos varios

Al Ministerio de Guerra

Alimentación, lavado y peluquería

Material del Ejercito

Escuela Militar-Personal y material

Flotilla Fluvial de Guerra-Personal y material

Material

Gastos Varios

AL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Ferrocarriles

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 100 de 1927