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Artículo 2.2.24.2

Procedimiento Para Establecer Y Modificar Los Trámites

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento para establecer y modificar los trámites. De conformidad con lo establecido por el numeral 2 del artículo 1° de la Ley 962 de 2005, las entidades públicas autorizadas legalmente para establecer un trámite, previa su adopción, deberán presentar la solicitud a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública, adjuntando la Manifestación del Impacto Regulatorio, que consiste en:

a)

Describir el trámite y justificar su creación desde el punto de vista legal.

b)

Efectuar una propuesta de diseño del proceso del trámite.

c)

Señalar los beneficios para la entidad y para los usuarios.

d)

Precisar la carencia de medidas alternativas de menor costo y mayor eficiencia y el impacto presupuestal en la entidad.

e)

Acreditar los costos de su implementación para los obligados a cumplirlo y los recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación.

(Decreto 4669 de 2005, artículo 2°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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