Créase Una Oficina De Compras De La Fuerza Aérea, Dependiente Del Consulado General De Colombia En Nueva York Y Bajo La Jursidicción Fiscal De La Auditoria Del Mismo Consulado, Cuya Función Principal Será La De Verificar La Adquisición Y Despacho De Los Materiales Y Demás Elementos Que Requieran La Fuerza Aérea Y El Fondo Rotatorio De La Misma, En La Forma Determinada En El Parágrafo 2° De La Ley 84 De 1947
Decreto 2639 de 1949 · Por el cual se modifica el Decreto número 1729 de 1948
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 6° Créase una Oficina de Compras de la Fuerza Aérea, dependiente del Consulado General de Colombia en Nueva York y bajo la jursidicción fiscal de la Auditoria del mismo Consulado, cuya función principal será la de verificar la adquisición y despacho de los materiales y demás elementos que requieran la Fuerza Aérea y el Fondo Rotatorio de la misma, en la forma determinada en el
Parágrafo 2
de la Ley 84 de 1947.
Parágrafo
El personal de esta oficina lo designará el Gobierno cuando las necesidades asi lo indiquen, tomando preferentemente de la dotación asignada para el servicio del Fondo en el artículo 3° del presente Decreto. CAPITULO IV Operaciones y servicios.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.