Micelio

Artículo 12

Dirección De Investigación En Salud Pública

Decreto 2774 de 2012 · por el cual se establece la estructura interna del Instituto Nacional de Salud - INS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Investigación en Salud Pública. Son funciones de la Dirección de Investigación en Salud Pública, las siguientes

1.

Dirigir y orientar, en el marco de las competencias del Instituto, la generación de conocimiento científico y tecnológico en salud y biomedicina.

2.

Dirigir, orientar y realizar investigaciones epidemiológicas, experimentales y de desarrollo tecnológico, de acuerdo con las necesidades y las políticas en materia de salud pública, para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades.

3.

Orientar y coordinar los planes, programas y proyectos de investigación para determinar las principales causas de la enfermedad y las alternativas para mejorar la salud pública.

4.

Establecer los determinantes de los problemas más importantes de salud pública en el país.

5.

Proporcionar las bases científicas en los procesos de elaboración y expedición de normas de salud pública.

6.

Coordinar y orientar la generación y disponibilidad de datos científicos y técnicos requeridos en la toma de decisiones en materia de salud pública.

7.

Dirigir y apoyar investigaciones que contribuyan en la evaluación de la eficiencia y el impacto de intervenciones para mejorar la salud pública.

8.

Orientar, dirigir y evaluar la formulación y ejecución de las investigaciones científicas y tecnológicas, de acuerdo con las necesidades y las políticas en investigación en salud pública.

9.

Fomentar la realización de investigaciones que contribuyan a mejorar los protocolos de atención en salud pública.

10.

Suministrar información científica y tecnológica como base para la toma de decisiones de las diferentes dependencias misionales del Instituto.

11.

Realizar estudios prospectivos en salud de acuerdo con las prioridades del país, para resolver necesidades y asesorar la generación de nuevas propuestas de innovación.

12.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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