Micelio

Artículo 9

El Ministerio De Agricultura Determinará En Cada Caso La Suficiencia De Los Servicios De Educación, Salud, Y Vivienda Ofrecidos Por El Interesado, Tomando En Consideración El Capital De La Empresa, El Valor De Las Inversiones, El Empleo De Mano De Obra Permanente, La Distancia De Los Centros Poblados Y Las Especiales Condiciones De La Región

Decreto 134 de 1976 · Por el cual se reglamenta el capítulo III del Decreto 1368 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministerio de Agricultura determinará en cada caso la suficiencia de los servicios de educación, salud, y vivienda ofrecidos por el interesado, tomando en consideración el capital de la empresa, el valor de las inversiones, el empleo de mano de obra permanente, la distancia de los centros poblados y las especiales condiciones de la región.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 134 de 1976