Micelio

Artículo 6

O

Decreto 806 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563, del 3 de julio de 1975, emanado del honorable Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, mediante el cual se creó la Oficina Seccional de los Seguros Sociales de San Andrés y Providencia, y se expidieron sus Estatutos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo primero. Apruebas el acuerdo número 563, del 3 de julio de 1975, dictado por el consejo directivo del instituto colombiano de los seguros sociales " por el cual se créala oficina seccional de san Andrés y providencia y se expiden sus estatutos" que a la letra dice: "ACUERDO NUMERO 563 DE 1975 (JULIO 3). por el cual se crea la oficina seccional de los seguros sociales de san Andrés y providencia y reexpiden sus estatutos. El consejo directivo del instituto colombiano de seguros sociales, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6o. del decreto -ley 0433 de 1971, es función del instituto la creación de cajas y oficinas seccionales para la administración de los distintos seguros en las diferentes regiones del país y determinar su régimen administrativo; que el consejo directivo del instituto, dentro de los planes de extensión de la seguridad social ha considerado conveniente y necesario crear la oficina seccional de san Andrés y providencia; ACUERDA:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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