Micelio

Artículo 5

Decreto 2241 de 2015 · por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los sistemas de cotización de valores del extranjero y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Adiciónanse los

Parágrafo

s 1° y 2° al artículo 2.15.6.2.4 del Decreto 2555 de 2010, los cuales quedarán así: “

Parágrafo 1

Los valores de que trata el presente capítulo únicamente podrán ser adquiridos por cuenta de un cliente inversionista o un inversionista profesional, si en los países en los cuales se encuentran listados o inscritos, dichos valores son adquiridos o enajenados por el mismo tipo de inversionista o su equivalente en la respectiva jurisdicción.

Parágrafo 2

La Superintendencia Financiera de Colombia podrá establecer o evaluar el cumplimiento de la equivalencia a que hace referencia el

Parágrafo 1

del presente artículo, así como establecer condiciones adicionales a las establecidas en el presente artículo”.

Parágrafo

s 1° y 2° ) Artículo 2.15.6.2.4 DECRETO 2555 de 2010

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2241 de 2015