Micelio

Artículo 209

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Podrá presentarse fianza por el doble del valor de los derechos correspondientes a la mercancía importada para responder de la presentación de certificados de origen y demás documentos que la ley o los reglamentos exijan anexos a los manifiestos de aduana, hasta por el término de noventa días, con excepción de los de sanidad, o comprobantes de la pureza o buenas condiciones de la mercancía para el consumo, así como los certificados sobre sanidad o ausencias de parásitos den animales o plantas vivas, cepas, semillas, frutas, tubérculos, raíces y demás productos vegetales destinados al cultivo o propagación, sin que en ningún caso dejaren de acompañarse a los manifiestos de aduana respectivos. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 12/03/1947

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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