Micelio

Artículo 2.2.3.3.9.17

Cálculo De La Carga De Control

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio. Cálculo de la carga de control. La carga de control de un vertimiento que contenga las sustancias de que trata el artículo anterior, se calculará mediante la aplicación de las siguientes ecuaciones:

A = (Q) (CDC) (0.0864)

B = (Q) ( CV) (0.0864)

Parágrafo 1

Para los efectos de las ecuaciones a que se refiere el presente artículo adóptense las siguientes convenciones:

A: Carga de control, Kg./día.

Q: Caudal promedio del vertimiento, l/seg.

B: Carga en el vertimiento Kg./día.

CDC: Concentración de control, mg/l.

CV: Concentración en el vertimiento, mg/l.

0.0864: Factor de conversión.

Parágrafo 2

La carga máxima permisible (CMP) será el menor de los valores entre A y B.

(Decreto 1594 de 1984, artículo 75).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.3.3.9.17. Transitorio. Cálculo de la carga de control. La carga de control de un vertimiento que contenga las sustancias de que trata el artículo anterior, se calculará mediante la aplicación de las siguientes ecuaciones:

A = (Q) (CDC) (0.0864)

B = (Q) ( CV) (0.0864)

Parágrafo 1

Para los efectos de las ecuaciones a que se refiere el presente artículo adóptense las siguientes convenciones:

A: Carga de control, Kg./día.

Q: Caudal promedio del vertimiento, 1/seg.

B: Carga en el vertimiento Kg./día.

CDC: Concentración de control, mg/1.

CV: Concentración en el vertimiento, mg/l.

0.0864: Factor de conversión.

Parágrafo 2

La carga máxima permisible (CMP) será el menor de los valores entre A y B.

(Decreto 1594 de 1984, artículo 75).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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