Micelio

Artículo 70

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Los materiales empleados en la manufactura de esas mercancías, lo mismo que todos los paquetes, cubiertas, envolturas, etiquetas y demás accesorios de la manufactura o de la preparación de la mercancía para la venta, podrán, conforme a los reglamentos que dicte el Director General, trasladarse, sin necesidad del pago de derechos de aduana u otros impuestos, a cualquier almacén general de depósito acondicionado para la manufactura de la mercancía, o trasladarse, sin necesidad del pago de derechos de aduana, de cualquier almacén general de depósito. Sin embargo, las disposiciones de este artículo no tendrán aplicación a las herramientas, maquinaria o aparatos de cualquier clase, que se emplearen la construcción o reparación de los respectivos edificios, o en las labores de manufactura que dentro de ellas se ejecuten. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 25/10/1984

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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