Micelio

Artículo 3

De La Ley 1ª De 1962, Se Requiere Que El Acto O Contrato Verse Sobre La Totalidad Del Inmueble Avaluado En El Catastro

Decreto 3334 de 1965 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto reglamentario número 1366 de 1962

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Para que los derechos notariales puedan liquidarse con base en el avaluó catastral, en la hipótesis prevista en el artículo 3° de la Ley 1ª de 1962, se requiere que el acto o contrato verse sobre la totalidad del inmueble avaluado en el catastro. Si versa sobre una parte o derecho proindiviso, los emolumentos se liquidarán en la proporción que corresponda a la parte o cuota indivisa en el avaluó catastral o sobre el valor asignado en el contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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