Micelio

Artículo 3

Los Funcionarios Que Sean Incorporados Como Consecuencia De La Reestructuración Del Ministerio De Desarrollo Económico, Devengaran El Salario Que Les Correspondía En La Anterior Planta Hasta El Día Que Tomen Posesión Del Cargo En La Nueva Planta Que Se Adopta En El Presente Decreto

Decreto 192 de 1997 · por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Desarrollo Económico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la reestructuración del Ministerio de Desarrollo Económico, devengaran el salario que les correspondía en la anterior planta hasta el día que tomen posesión del cargo en la nueva planta que se adopta en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 192 de 1997