Micelio

Artículo 113

La Suspensión Total O Parcial Del Servicio Público De Transporte O La Alteración De Las Tarifas, Serán Sancionadas Por La Autoridad Municipal Competente Con Arreglo A Lo Dispuesto En El Presente Capítulo

Decreto 1787 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Colectivo Municipal de Pasajeros y Mixto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 113. La suspensión total o parcial del servicio público de transporte o la alteración de las tarifas, serán sancionadas por la autoridad municipal competente con arreglo a lo dispuesto en el presente capítulo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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