°. Cuando la Corporación, para fines de recibo y entrega de mercancías, requiera personal aduanero y de auditoría, que obligada a hacer por su cuenta el traslado de personal que se requiera, con la obligación de suministrarle alimentos si tal personal se viere obligado, a causa del servicio que presta, a permanecer en el almacén durante las horas destinadas a ello: asimismo, si por circunstancias especiales la Corporación requiere de ese mismo personal servicios fuera de las horas hábiles en la Aduana, deberá reconocer este servicio extraordinario, conforme las normas legales que en la Aduana rigen la materia.
Artículo 6
Cuando La Corporación, Para Fines De Recibo Y Entrega De Mercancías, Requiera Personal Aduanero Y De Auditoría, Que Obligada A Hacer Por Su Cuenta El Traslado De Personal Que Se Requiera, Con La Obligación De Suministrarle Alimentos Si Tal Personal Se Viere Obligado, A Causa Del Servicio Que Presta, A Permanecer En El Almacén Durante Las Horas Destinadas A Ello: Asimismo, Si Por Circunstancias Especiales La Corporación Requiere De Ese Mismo Personal Servicios Fuera De Las Horas Hábiles En La Aduana, Deberá Reconocer Este Servicio Extraordinario, Conforme Las Normas Legales Que En La Aduana Rigen La Materia
Decreto 625 de 1966 · Por el cual se autoriza la importación de repuestos con destino a vehículos automotores de servicio público, por el sistema In-Bond
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.