A partir del 1º. De Junio del presente año, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a distribuir el costo de cada edición de las libretas de pasaportes que deba imprimir, entre los usuarios de las mismas, tanto en Colombia como en el Exterior, con el fin de recuperar su valor total y dedicarlo a las sucesivas ediciones.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo primero. A partir del 1º. De Junio del presente año, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a distribuir el costo de cada edición de las libretas de pasaportes que deba imprimir, entre los usuarios de las mismas, tanto en Colombia como en el Exterior, con el fin de recuperar su valor total y dedicarlo a las sucesivas ediciones.