Micelio

Artículo 2

Adiciónese El Artículo 2

Decreto 1178 de 2017 · por el cual se modifica el Decreto número 2555 de 2010, en lo relacionado con las reglas de transparencia y homogeneización de la oferta pública de valores de contenido crediticio o mixto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adiciónese el artículo 2.23.1.1.6., al Título 1 del Libro 23 de la Parte 2 del Decreto número 2555 de 2010, el cual quedará así: “ Artículo 2.23.1.1.6. Difusión electrónica de informes de gestión. Las sociedades emisoras de acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE), podrán difundir electrónicamente los informes de gestión aprobados o aquellos que pongan a consideración de sus accionistas para su respectiva aprobación. Lo anterior, sin perjuicio de los requisitos establecidos en las demás normas vigentes relacionadas con la preparación, depósito y conservación de dichos informes. En todo caso, el emisor deberá garantizar la autenticidad, integridad, fiabilidad y disponibilidad de la información incorporada en los informes de gestión que difunda electrónicamente. La Superintendencia Financiera de Colombia, podrá establecer requisitos adicionales para la difusión electrónica de este tipo de información”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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