Artículo lº Con el fin. de contribuir a la electrificación del Municipio de Pereira y zonas vecinas que. puedan beneficiarse de la misma, la Nación se hace cargo de pagar la totalidad de la deuda-contraída por el Municipio de Pereira, la Junta Constructora de las Centrales Eléctricas de Pereira y las Empresas Municipales de Pereira, con el. Fondo de Estabilización. Banco de la República, deuda cuyo servicio está actualmente a cargo del establecimiento público autónomo denominado "Empresas Públicas de Pereira ", y cuyo principal asciente en 31 de julio de 1960 a la suma de setecientos mil pesos ($ 700.000.00). Las obligaciones respectivas constan en las escrituras públicas: número 321 de 29 de enero de 1952, otorgada en. la Notaría Séptima del Circuito de Bogotá; número 3920 de 15 de junio de 1954, otorgada en la Notaría Segunda del mismo Circuito; número 416 de 17 de febrero de 1959. otorgada en la Notaría Primera del Circuito de Pereira, y en los pagarés emitidos con base en las citadas escrituras.
Ley 162 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Ley 162 de 1961 · Por la cual la Nación contribuye a la electrificación del Municipio de Pereira y zonas vecinas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.