Micelio

Artículo 1

Ley 30 de 1927 · Sobre conmemoración de la muerte del Libertador y sobre conservación y ornato de la Quinta de San Pedro Alejandrino

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno elaborará un programa para la celebración del centenario de la muerte del Libertador que corresponda a la solemnidad del acontecimiento que se conmemora. Tanto las Cámaras Legislativas por designación de sus respectivos Presidentes, como el Gobierno Nacional, se harán representar en los actos que se lleven a cabo en la Quinta de San Pedro Alejandrino.

Parágrafo

Para atender a los gastos que demande el inciso anterior, se destinará del Tesoro Público, la cantidad de treinta mil pesos ($ 30,000) que se incluirán en el Presupuesto Nacional. Caso de que esta partida no fuere apropiada en el Presupuesto, el Gobierno abrirá el crédito respectivo a la Ley de Apropiaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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