Micelio

Artículo 2.5.2.2.6

Categorías Profesor Policial

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Categorías Profesor Policial. El personal docente policial con título universitario, técnico o tecnológico según el caso y que al 13 de enero de 2005 (entrada en vigencia del Decreto 003 de 2005) se hallare escalafonado como docente policial en cualquiera de las categorías contempladas en el Decreto 400 del 5 de marzo de 1992, podrá solicitar su homologación ante el Director General de la Policía Nacional, según su categoría así:

Profesor Policial de Quinta Categoría a Instructor.

Profesor Policial de Cuarta Categoría a Profesor Auxiliar.

Profesor Policial de Tercera Categoría a Profesor Asistente.

Profesor Policial de Segunda Categoría a Profesor Asociado.

Profesor Policial de Primera Categoría a Profesor Titulado.

(Decreto 003 de 2005 artículo 7°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015