Micelio

Artículo 6

Ley 122 de 1948 · Por la cual se crea el Colegio Nacional del Oriente de Caldas, se nacionalizan algunos colegios y se dictan disposiciones sobre educación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las empresas industriales, agrícolas, ganaderas, mineras, petroleras o de cualesquiera otra clase, establecidas o que se establezcan en el territorio de la Republica, estarán obligadas a sostener una escuela de alfabetización por cada treinta (30) niños, hijos de sus trabajadores.

Este articulo será reglamentado de acuerdo con las circunstancias en forma que asegure su cumplimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 122 de 1948