Micelio

Artículo 323

Ley 2294 de 2023 · por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Racionalización de Recursos para la Compensación y/o Pago de Cuotas Partes Pensionales . Las entidades territoriales podrán utilizar los recursos disponibles, por sector, del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) para la compensación y/o pago de cuotas partes pensionales exigibles a su cargo, ya sean causadas, corrientes y/o valor del cálculo actuarial entre entidades territoriales, o entre entidades territoriales y otras entidades públicas. La fuente inicial para la compensación y/o pago de cuotas partes pensionales exigibles a cargo de las entidades territoriales deberán ser sus recursos disponibles, por sector, en el Fonpet.

Entiéndase por entidad acreedora de cuotas partes pensionales a todas las entidades territoriales, a las del orden nacional, a las entidades descentralizadas del orden territorial y nacional o cualquier otra entidad que administre cuotas partes pensionales en nombre de entidades del orden territorial o nacional.

En ningún caso se podrán compensar y/o pagar con cargo a los recursos del Fonpet cuotas partes prescritas, honorarios de abogados, cuotas litis o gastos de cobranza de cualquier naturaleza o definición, o intereses moratorios liquidados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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