Micelio

Artículo 7

Condiciones Para La Delegación

Decreto 1101 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Provisiones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Condiciones para la delegación . En el acto por el cual la Junta Directiva haga la delegación de funciones o conceda autorizaciones deberá determinarse taxativamente las función o funciones que se delegan o la autorización o autorizaciones que se conceden, específicamente las formalidades y requisitos que exige su ejercicio y el termino de vigencia de las mismas. La entidad delegataria o debidamente autorizada por el mismo hecho de la delegación o autorización aumentar responsabilidad por el adecuado cumplimiento de todas y cada una de las actividades inherentes a las funciones que se delegan o autorizan. Asimismo rendirán informes de su gestión ante la Gerencia General del Instituto, cuando ella lo requiera. La entidad delegataria o autorizada ejercerá las funciones que se le deleguen o autoricen, ciñéndose a las disposiciones legales sobre la materia y coordinando sus labores con INALPRO.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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