Micelio

Artículo 2.12.6.1.1

Objeto

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objeto. Establecer las condiciones para el otorgamiento, por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de los incentivos y apoyos directos previstos en el artículo 7º de la Ley 101 de 1993, orientados a la protección de los recursos naturales vinculados a la producción agropecuaria, la protección del ingreso rural, y el mantenimiento de la paz social, en el marco de los propósitos constitucionales de proteger la producción de alimentos, el campo y el campesinado. De igual forma, dichos incentivos y apoyos directos se orientarán a la superación progresiva de las desigualdades en el sector agropecuario, a la promoción de una distribución equitativa de cargas y beneficios entre actores del campo con posiciones asimétricas, y el estímulo de la asociatividad de pequeños y medianos productores como agentes activos de su propio desarrollo.

Serán objeto de priorización para el acceso a estos incentivos y apoyos directos los medianos y pequeños productores y aquellos que pertenezcan a la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria que acrediten el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el presente decreto y demás normas reglamentarias que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Parágrafo 1

Los pequeños y medianos productores podrán presentar, en cualquier tiempo, solicitudes ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para que estudie la procedencia de otorgar incentivos y apoyos directos en los términos del artículo 7º de la Ley 101 de 1993. Dichas solicitudes serán tramitadas y resueltas de manera motivada conforme a lo dispuesto en la Ley 1755 de 2015 o aquella que la modifique o sustituya.

Parágrafo 2

En todos los casos deberá sustentarse la idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad del incentivo y apoyo directo. Para esos efectos, los solicitantes aportarán los medios de convicción que estimen pertinentes tendientes a sustentar la configuración de las circunstancias previstas en la ley.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015