° Este decreto comenzará a rejir respecto de los empleados de esta capital desde el 20 del presente mes ; i respecto de los de fuera, desde que se tenga conocimiento de él en los respectivos Estados.
Decreto 92 de 1877 →Vigente
Artículo 9
Este Decreto Comenzará A Rejir Respecto De Los Empleados De Esta Capital Desde El 20 Del Presente Mes ; I Respecto De Los De Fuera, Desde Que Se Tenga Conocimiento De Él En Los Respectivos Estados
Decreto 92 de 1877 · Por el cual se suspenden temporalmente ciertos empleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.