Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1038 de 1995 · por el cual se reglamenta el artículo 193 de la Ley 100 de 1993 - Convenio Minsalud-Icetex, para financiar mediante créditos a los profesionales de la salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Criterios de condonación del crédito . El Ministerio de Salud y el Icetex condonarán el crédito a los estudiantes, cuando se cumpla uno de los siguientes requisitos

a)

Cuando la residencia o entrenamiento se lleve a cabo en las áreas que a juicio del Ministerio de Salud sean prioritarias para el desarrollo de la salud pública o el Sistema General Social en Salud;

b)

Cuando el estudiante de postgrado realice una contraprestación de servicios en regiones con baja disponibilidad de recurso humano, de acuerdo a la definición que expida el Ministerio de Salud;

c)

Cuando el estudiante de postgrado haya reunido, durante todo el tiempo de entrenamiento, los requisitos establecidos en el artículo séptimo del presente Decreto y además presente certificación escrita del director del hospital en el que realiza sus prácticas, en donde conste que el estudiante en mención contribuyó con el desarrollo de las actividades asistenciales propias de la institución, promoviendo con ello, la mejor prestación de los servicios dentro de un ambiente de eficiencia y calidad. Las solicitudes de condonación deberán ser presentadas al Ministerio de Salud-Dirección de Recursos Humanos-por el Comité Docente Asistencial o quien haga sus veces, instancia que verificará el cumplimiento de lo requisitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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