Micelio

Artículo 17

Ley 124 de 1928 · Por la cual se fomenta el ahorro colombiano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elévase a cincuenta millones de pesos ($50.000.000) el monto de la emisión de bonos del Banco Agrícola Hipotecario que respalda la República.

En los términos del presente artículo quedan reformadas las Leyes 68 de 1924 y 75 de 1926.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 124 de 1928