° El Gobierno hará las adiciones o traslados presupuestales que sean necesarios para el correcto funcionamiento de este Terminal. Comuníquese y publíquese.
Decreto 3127 de 1956 →Vigente
Artículo 2
El Gobierno Hará Las Adiciones O Traslados Presupuestales Que Sean Necesarios Para El Correcto Funcionamiento De Este Terminal
Decreto 3127 de 1956 · Por el cual se faculta al Gobierno para organizar la administración del Terminal Marítimo del Puerto de Tumaco
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.