El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Justicia y con participación activa y eficaz de las mujeres buscadoras de personas víctimas de desaparición forzada de la sociedad civil, de otras personas protegidas por el derecho internacional humanitario, de familiares de miembros de la fuerza pública desaparecidos y de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las víctimas, formulará políticas públicas, planes, programas y medidas para la sensibilización de los servidores públicos a cargo de la atención de las mujeres buscadoras.
La unidad para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, en Coordinación con el Ministerio de Igualdad y Equidad, o quien haga sus veces, en el marco de sus competencias, adoptará estrategias para focalizar las acciones dirigidas a garantizar la atención y protección integral de las mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada, así como la promoción de herramientas de participación de las mujeres buscadoras en las agendas de política pública para la lucha contra la desaparición forzada.