Para la obtención de visa de negocios permanente el extranjero deberá presentar una solicitud acompañada de los documentos señalados en el artículo 33, literales a), b), c) y e) del presente Decreto y carta de la empresa o casa matriz autenticada ante funcionario consular, en la cual ésta se responsabiliza por las actuaciones de su representante en el territorio nacional y se compromete ante el Gobierno de Colombia a sufragar los gastos que ocasione el regreso del extranjero al país de origen o de última residencia, así como de su familia, si fuere el caso.
Decreto 1000 de 1986 →Vigente
Artículo 48
Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.