Micelio

Artículo 4

Ley 22 de 1945 · Por medio de la cual se reforman las Leyes 2ª de 1932, 263 de 1938 y 28 de 1943, sobre prestaciones sociales al personal de empleados y obreros del Ministerio de Correos y Telégrafos y se da una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados y obreros del Ministerio de Correos y Telégrafos, en caso de enfermedad no profesional, tendrán derecho a la necesaria asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria hasta por seis meses, y además a un auxilio del 75% del sueldo o jornal durante los primeros (90) días de incapacidad, ya la mitad del sueldo o jornal en el tiempo restante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 22 de 1945