Micelio

Artículo 29

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reparación del daño y subrogados penales. La subordinación de la efectividad de la condena o libertad condicionales o del perdón judicial, a la reparación efectiva de los perjuicios ocasionados por la infracción, solo podrá disponerse cuando habiéndose determinado la cuantía de éstos, la víctima esté conforme con ella o requerida a tal fin no declare su rechazo.

La obligación de pagar la indemnización de los perjuicios provenientes de una infracción, en los términos señalados por el juez, conforme a este Código, para gozar del perdón judicial, de la condena condicional y de la libertad condicional, no será exigida cuando el procesado demuestre plenamente que se encuentra en imposibilidad de hacerlo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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