A.1.9. De la Presidencia del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA). El Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) tendrá una presidencia, que liderará y orientará el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA), cuyas funciones son
Promover y asegurar el cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA), así como las disposiciones del presente capítulo.
Velar por el cumplimiento de la Política Nacional de Protección y Bienestar Animal (PNPYBA) y su plan de acción.
Analizar y proponer los asuntos que deban ser evaluados y discutidos al interior del Comité Nacional Intersectorial Nacional de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA), por solicitud de cualquiera de los miembros del Comité.
Articular el Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA) con el Sistema Nacional Ambiental (SINA) y todos sus componentes, así como con los demás sistemas nacionales y regionales que tengan relación directa o indirecta con la protección y el bienestar animal.
Las demás previstas en el Manual Operativo de que trata el artículo 2.2.1.3A.1.13 del presente capítulo.
La presidencia del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) se ejercerá de forma rotativa entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por periodos de dos (2) años, iniciando el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.