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Artículo 7

Decreto 3552 de 2005 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Subdirección y Divisiones de las Áreas de Apoyo

1.

Direcciones de las Áreas de Apoyo: 1.1. Funciones de la Subdirección de Análisis de Riesgos. La subdirección de análisis de riesgos tendrá las siguientes funciones

a)

Identificar, medir y monitorear los riesgos de mercado, de tasa de interés, de liquidez, de tasa cambio, de concentración a nivel individual y consolidado, de conformidad con las disposiciones legales;

b)

Identificar la estructura de los conglomerados económicos, financieros o mixtos y definir los vínculos accionarios entre las sociedades matrices y vinculadas que los conforman, elaborar estudios sobre los riesgos asociados a estos grupos, medición del incremento del riesgo sistémico por contagio al grupo y medir los conflictos de interés a nivel individual y consolidado;

c)

Análisis y evaluación de concentración de riesgos de sectores económicos, clientes, grupos financieros, tanto para la cartera de créditos, como para el portafolio, a nivel individual y consolidado;

d)

Utilizando el Sistema Integral de Sesgos, SIR, realizar la generación de los coeficientes de riesgo para la evaluación de la cartera de créditos, portafolio, vinculados entre otros, los cuales son utilizados para el cálculo del Camel (Capital, Assets, Management, Earnings, Liquidity);

e)

Asesorar y realizar estudios, análisis e investigaciones sobre temas económicos de interés y evaluar los riesgos de crédito, contraparte y demás que se deriven de las operaciones activas de crédito tanto a nivel individual como consolidado;

f)

Dar respuesta a los requerimientos de información de carácter contable y financiero que sean hechos por las áreas de supervisión y por el público en general;

g)

Asistir a las áreas de supervisión en los procesos de análisis financiero y de riesgos de las entidades vigiladas;

h)

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 1.2. Funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera. La Subdirección Administrativa y Financiera tendrá las siguientes funciones: a) Dirigir y coordinar las funciones de la división financiera y de la división administrativa; b) Proponer las políticas que se deban tomar en materia de administración y ejecutar las adoptadas; c) Dirigir, supervisar y controlar la ejecución de las funciones administrativas, contables, de pagaduría, financieras, presupuestales, de servicios generales y de archivo y correspondencia de la Superintendencia Bancaria; d) Participar en la elaboración del proyecto anual de presupuesto de la Superintendencia Bancaria, y controlar su ejecución; e) Coordinar, con la dependencia encargada de planeación y desarrollo de la superintendencia, la actualización de manuales administrativos, procedimientos y racionalización operativa; f) Revisar el proyecto de resolución que semestralmente fije la contribución de las instituciones financieras; g) Controlar el oportuno recaudo de las multas impuestas a las personas naturales y jurídicas vigiladas, a sus directores, administradores y revisores fiscales, informando el pago de las mismas a las respectivas dependencias; h) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 1.3. Funciones de la Subdirección de Recursos Humanos. La Subdirección de Recursos Humanos tendrá las siguientes funciones: a) Planear, ejecutar y controlar la política institucional en las áreas de reclutamiento, preselección, selección, promoción, inducción, desarrollo y desvinculación del recurso humano y velar por el cumplimiento de esa política; b) Administrar el recurso humano de la entidad y proponer ajustes a la planta de personal, de acuerdo con las necesidades de la superintendencia y las políticas del Gobierno Nacional; c) Planear, ejecutar y controlar las políticas de capacitación de la Superintendencia; d) Adoptar sistemas y canales de información internos para la divulgación de los planes y programas de desarrollo y bienestar; e) Liderar la función de servicio al empleado de la Superintendencia Bancaria que le corresponde prestar al área; f) Asesorar a las demás dependencias de la Superintendencia Bancaria en todo lo relacionado con la administración del recurso humano; g) Mantener contacto permanente con centros especializados en temas de interés para la Superintendencia Bancaria, tanto nacionales como internacionales y analizar el contenido de sus programas, con el fin de proponer la participación de funcionarios en los mismos; h) Administrar los procesos de selección, ingreso, promoción y retiro de los funcionarios de la superintendencia;

i)

Desarrollar y administrar programas tendientes a garantizar el bienestar social de los funcionarios y su núcleo familiar;

j)

Desarrollar y mantener programas de seguridad industrial y salud ocupacional y velar por el cumplimiento de las normas vigentes sobre la materia;

k)

Coordinar, controlar y hacer el seguimiento al proceso de evaluación de desempeño;

l)

Llevar las hojas de vida de los funcionarios de la entidad y expedir las constancias requeridas;

m)

Mantener sistemas de control de´ horario del personal de la Superintendencia Bancaria y velar por su cumplimiento;

n)

Coordinar y ejecutar el programa anual de capacitación;

o)

Organizar programas de capacitación y adiestramiento para las personas al servicio de la Superintendencia Bancaria y entidades vigiladas;

p)

Realizar el programa de inducción a los nuevos funcionarios de la Superintendencia;

q)

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 1.4. Funciones de la Subdirección de Análisis Financiero y Estadística. La Subdirección de Análisis Financiero y Estadística tendrá las siguientes funciones: a) Procesar y almacenar los datos suministrados periódicamente por las instituciones vigiladas para lograr un adecuado sistema de información estadística; b) Establecer mecanismos de validación de la información reportada por las diferentes entidades; c) Mantener actualizadas las bases de datos de series históricas; d) Verificar la calidad y consistencia de la información contenida en las series históricas; e) Preparar los indicadores financieros de las entidades vigiladas; f) Preparar reportes sobre estadísticas e información económica y financiera; g) Administrar la información reportada a la central de riesgos de la Superintendencia Bancaria; h) Asistir a las áreas de supervisión en los procesos de análisis financiero y de riesgos de las entidades vigiladas; i) Dar soporte al desarrollo y aplicación de modelos y metodologías estadísticas, de acuerdo con las necesidades de las áreas de supervisión; j) Solicitar explicaciones a las entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, en relación con los controles de ley de inversiones en el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, títulos de reducción de deuda, encaje y posición propia; k) Coordinar la permanente actualización del Plan Unico de Cuentas, PUC, para el sector financiero y asegurador; l) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 1.5. Funciones de la Subdirección de Actuaria. La Subdirección de Actuaria cumplirá las siguientes funciones: a) Asesorar al Superintendente Bancario, a los Superintendentes Delegados, al Secretario General y a los Directores, en todo lo relacionado con la aplicación de las ciencias actuariales; b) Realizar estudios y trabajos actuariales para las dependencias que lo requieran; c) Revisar los cálculos actuariales efectuados por las compañías de seguros y reaseguros, para la constitución de sus reservas técnicas y matemáticas; d) Resolver consultas sobre asuntos actuariales que le presenten las instituciones vigiladas; e) Aprobar los estudios actuariales para pensiones de jubilación que le sean presentadas por las instituciones vigiladas; f) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

2.

Divisiones de las Áreas de Apoyo: 2.1. Funciones de la División Financiera. La División Financiera tendrá las siguientes funciones

a)

Planear, ejecutar y controlar la política institucional en las áreas de pagaduría, presupuesto y contabilidad;

b)

Desarrollar los procesos de programación, formulación, ejecución y control del presupuesto, de acuerdo con las normas legales vigentes y las políticas establecidas por el Superintendente Bancario;

c)

Registrar la correcta y oportuna contabilización de las operaciones financieras de la Superintendencia Bancaria y elaborar sus estados financieros;

d)

Controlar el manejo y custodia de los fondos de la Superintendencia Bancaria, vigilando la recepción de ingresos y control de pagos con sujeción a las normas;

e)

Mantener la custodia y registros legales de los depósitos que las instituciones vigiladas deben mantener a nombre de la Superintendencia Bancaria;

f)

Controlar la rendición de cuentas y los aportes prestacionales que deben realizar legalmente la Superintendencia Bancaria;

g)

Planear y desarrollar el sistema de contabilidad general y de presupuesto, de conformidad con las normas establecidas por la Contraloría General de la República y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

h)

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 2.2. Funciones de la División Administrativa. La División Administrativa tendrá las siguientes funciones: a) Dirigir, controlar y coordinar lo relacionado con el suministro oportuno y eficiente de los elementos, materiales y servicios necesarios para el normal desempeño de las funciones de la superintendencia; b) Adelantar los trámites correspondientes para la adquisición de bienes y contratación de servicios, de acuerdo con las normas establecidas; c) Recibir y almacenar los elementos adquiridos por la entidad en las condiciones y calidades previamente estipuladas; d) Manejar y controlar los inventarios devolutivos y de consumo; e) Preparar el programa anual de compras; f) Llevar y mantener actualizado el registro de proveedores de la Superintendencia Bancaria; g) Proporcionar los servicios necesarios para mantener la seguridad física del edificio de la Superintendencia Bancaria; h) Administrar los servicios de publicaciones, biblioteca, celaduría, mantenimiento de máquinas y equipos, mantenimiento y adecuación del edificio y demás servicios generales;

i)

Administrar el mantenimiento y la operación de los vehículos automotores de la entidad;

j)

Mantener actualizados los contratos de seguros en los que haga parte la Superintendencia Bancaria, con el apoyo de la delegatura para seguros y capitalización;

k)

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 2.3. Funciones de la División de Sistemas. La División de Sistemas tendrá las siguientes funciones: a) Realizar el análisis, diseño, programación, documentación, implantación y mantenimiento de los sistemas de información requeridos por la entidad; b) Asesorar a las demás dependencias de la superintendencia en la definición de los sistemas de información susceptibles de ser automatizados; c) Investigar y fomentar la utilización de nuevas metodologías informáticas, así como velar por la mejor utilización de los recursos informáticos de la entidad; d) Evaluar la calidad de los sistemas de información en funcionamiento, durante todo el proceso de vida, y asegurar el seguimiento de metodologías de desarrollo de sistemas de información y control de proyectos; e) Analizar, definir y liderar en forma permanente e intensiva la actualización y orientación, tecnológica de la entidad de acuerdo a los últimos avances y nuevos requerimientos en informática; f) Definir, diseñar e implantar las redes locales de la Superintendencia Bancaria; g) Administrar los equipos de cómputo centrales, las redes locales y los sistemas de comunicación de la superintendencia y velar por su buen funcionamiento y desempeño; h) Evaluar las propuestas, emitir conceptos y recomendaciones en los procesos de licitación de bienes informáticos; i) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 2.4. Funciones de la División de Operaciones. La División de Operaciones tendrá las siguientes funciones: a) Coordinar el manejo de los sistemas de información de la Superintendencia Bancaria, así como también la producción de información requerida internamente o por entidades externas a la superintendencia; b) Definir y mantener actualizado el plan de contingencias de acuerdo con la evolución tecnológica de la entidad; c) Coordinar con las dependencias involucradas la definición de políticas para llevar a cabo una adecuada auditoría de sistemas; d) Establecer normas mínimas de seguridad con el fin de proteger los recursos informáticos de la entidad (computadores centrales, microcomputadores, impresoras, modems y otros); e) Definir y divulgar la política de microcomputadores de la entidad; f) Definir y optimizar los procedimientos que sean necesarios en los diferentes sistemas de información o en las actividades desarrolladas por el área de procesamiento de datos; g) Instalar los equipos de cómputo que se adquieran o se cambien de ubicación; h) Controlar la ejecución de los contratos de mantenimiento correctivo y preventivo, así como la garantía de los equipos de cómputo de la entidad; i) Capacitar a los usuarios en el manejo de equipos de cómputo y establecer responsabilidades a los administradores de los mismos; j) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 2.5. Funciones de la División de Organización y Métodos. La División de Organización y Métodos tendrá las siguientes funciones: a) Asesorar a las distintas dependencias de la Superintendencia Bancaria en el diseño, ejecución y supervisión de planes y programas de trabajo y en la determinación de sus recursos; b) Elaborar, con base en los planes propios de cada área, el plan estratégico de la Superintendencia Bancaria y sugerir la determinación global de los recursos; c) Establecer metodologías que permitan la evaluación permanente de los procesos; d) Planificar, asesorar y evaluar periódicamente los procesos, elaborando los reglamentos necesarios para la ejecución de medidas que deban aplicarse en cuanto a funciones, sistemas, métodos, procedimientos y trámites, establecer estándares y mantener los respectivos manuales actualizados; e) Asesorar a las diferentes dependencias de la Superintendencia Bancaria en su organización interna y distribución de trabajo; f) Identificar aquellas áreas o procedimientos que puedan automatizarse y recomendar su inclusión en los planes de sistematización; g) Aprobar y estandarizar los formularios preimpresos que sugieran las diferentes dependencias de la Superintendencia Bancaria para la recolección de información de las instituciones vigiladas y para el proceso administrativo interno y diseñados cuando sea necesario; h) Remitir al Departamento Nacional de Planeación los informes que le sean requeridos; i) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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