Micelio

Artículo 2.2.1.4.3

Estructura Financiera Del Proyecto De Vivienda De Interés Social Rural

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estructura Financiera del Proyecto de Vivienda de Interés Social Rural. La estructura financiera del proyecto de vivienda de interés social rural, estará conformada de la siguiente manera:

1.

Los costos directos del proyecto estarán conformados por aquellos asociados a mano de obra, materiales y equipos.

2.

Los costos indirectos del proyecto estarán conformados por:

a)

Trabajo social y ambiental contratado por la Entidad Operadora;

b)

Interventoría de obra contratada por la Entidad Operadora;

c)

Protocolización en notaría de la inversión del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural;

d)

Pólizas constituidas por la Entidad Operadora;

e)

Administración, Imprevistos y Utilidad (AIU).

3.

Los costos de transporte de materiales”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.1.4.3. Estructura Financiera del Proyecto de Vivienda de Interés Social Rural. La estructura financiera del proyecto estará conformada de la siguiente manera, teniendo en cuenta que dentro del costo total no se incluye el valor del lote:

1.

Los costos directos del proyecto discriminarán aquellos asociados a mano de obra, materiales, equipos y transporte de materiales.

2.

Los costos indirectos del proyecto estarán conformados por:

a)

Diagnóstico, formulación y presentación del proyecto, que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.4.2. pueden constituirse como aporte de la entidad oferente;

b)

Trabajo social y ambiental contratado por la entidad operadora;

c)

Interventoría de obra contratado por la entidad operadora;

d)

Protocolización en notaría de la inversión del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural;

e)

Pólizas constituidas por la entidad operadora;

f)

Administración, Imprevistos y Utilidad AIU.

(Decreto número 1160 de 2010, artículo 29; modificado por el Decreto número 900 de 2012, artículo 13)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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