° La apertura y publicación de los testamentas cerrados, contemplados en los artículos 60 y siguientes del Decreto-ley 960 de 1970, causa un derecho notarial fijo de doscientos cincuenta pesos ($ 250.00) moneda corriente, sin consideración a cuantía de ninguna naturaleza e incluida la protocolización de tales diligencias.
Decreto 1037 de 1971 →Vigente
Artículo 1
La Apertura Y Publicación De Los Testamentas Cerrados, Contemplados En Los Artículos 60 Y Siguientes Del Decreto-Ley 960 De 1970, Causa Un Derecho Notarial Fijo De Doscientos Cincuenta Pesos ($ 250
Decreto 1037 de 1971 · Por el cual se fijan derechos notariales por la apertura y publicación de testamentos cerrados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.