El Departamento Podrá Entregar Al; (Gobierno, Representado Por La Persona Que Para El Efecto Designe El Ministerio De Obras Públicas, Trayectos- De Vi A Completamente Terminados, No Inferiores A Diez (10) Kilómetros, Pero El Departamento Queda Obligado A Conservar Ton Todo Cuidado Los Trayectos De Vías
Decreto 890 de 1947 · por el cual se delega al Departamento de Antioquía la construcción de Ferrocarril Troncal de Occidente, en el sector Correspondiente a ese Departamento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 12. El Departamento podrá entregar al; (gobierno, representado por la persona que para el efecto designe el Ministerio de Obras Públicas, trayectos- de vi a completamente terminados, no inferiores a diez (10) kilómetros, pero el departamento queda obligado a conservar ton todo cuidado los trayectos de vías .que baya entregado, basta tanto que el Gobierno resuelva recibirlos para efectos de su explotación.
Parágrafo
Los gastos de conservación se cubrirán con los fondos que reciba el Departamento con destino a las obras y de ellos llevará cuenta separada
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.