° Al comerciante que se le comprobare subfacturación, se le impondrá por las autoridades aduaneras una multa igual a tres veces el valor de la mercancía subfacturada, con destino al Tesoro Intendencial, y además, la prohibición de ejercer el comercio de las Islas de San Andrés y Providencia, sanción que aplicará administrativamente la autoridad aduanera de la Isla. En los anteriores términos queda modificado el artículo 37 del decreto 0445 de 1960.
Decreto 2455 de 1960 →Vigente
Artículo 5
Al Comerciante Que Se Le Comprobare Subfacturación, Se Le Impondrá Por Las Autoridades Aduaneras Una Multa Igual A Tres Veces El Valor De La Mercancía Subfacturada, Con Destino Al Tesoro Intendencial, Y Además, La Prohibición De Ejercer El Comercio De Las Islas De San Andrés Y Providencia, Sanción Que Aplicará Administrativamente La Autoridad Aduanera De La Isla
Decreto 2455 de 1960 · Por el cual se adiciona y reforma el Decreto 0445 de 1960,y se dictan otras disposición es
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.